La Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR), precisó que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), referente a la reforma para someter a las gasolineras a controles en materia ambiental, determina que las manifestaciones de riesgo e impacto ambiental competen exclusivamente a la Federación.
Dijo que en el rubro ambiental, a los gobiernos locales, incluido el de la Ciudad de México, corresponde revisar asuntos relacionados con protección civil, zonificación y uso de suelo de las distribuidoras de gasolina, diésel, combustibles, aceites, lubricantes y aditivos.
Asimismo, indicó que la decisión del máximo tribunal del país no significa un revés para el gobierno de la CDMX, sino una distribución de los esquemas de competencia, derivado de la reforma constitucional en materia energética.
Detalló que, de acuerdo a las modificaciones constitucionales señaladas, corresponde a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), otorgar las autorizaciones en materia de impacto y riesgo ambiental.
En este sentido, la administración local ratificó su compromiso irrevocable con la protección al medio ambiente de la capital del país y la seguridad de sus habitantes.