El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado en el Diario Oficial de la Federación la Resolución de Facilidades Administrativas para 2025, que establece disposiciones fiscales dirigidas a diversos sectores, incluyendo el autotransporte de carga federal.
Las Facilidades Administrativas se mantiene sin cambios sustanciales considerando la versión de 2024, con el objetivo, según difundió el SAT, de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias y mejorar la eficiencia operativa de los contribuyentes de este sector estratégico.
Principales facilidades para el autotransporte de carga federal en 2025:
- Retención del ISR sobre pagos a operadores, macheteros y maniobristas.
Los contribuyentes dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de carga federal pueden seguir optando por enterar el 7.5% del Impuesto sobre la Renta (ISR) sobre los pagos realizados a estos trabajadores, en sustitución del esquema tradicional de retenciones salariales. - Facilidad de deducción sin requisitos fiscales.
Se mantiene la posibilidad de deducir hasta el 8% de los ingresos propios de la actividad sin necesidad de contar con documentación que cumpla con requisitos fiscales, con un límite de 1 millón de pesos anuales. Para aplicar esta facilidad, el contribuyente deberá determinar y pagar el ISR anual sobre el monto deducido a una tasa del 16%, monto que se considera definitivo y no es acreditable ni deducible. - Acreditamiento de estímulos fiscales.
Los contribuyentes que obtengan ingresos anuales menores a 300 millones de pesos podrán acreditar estímulos fiscales relacionados con el uso de infraestructura carretera de cuota y la adquisición de diésel para uso automotriz , contra el ISR propio o contra pagos provisionales. - Facilidades en la adquisición de combustibles.
Se permite que hasta un 15% del consumo de diésel pueda ser pagado con medios distintos a cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito o monederos electrónicos autorizados por el SAT, siempre que el proveedor del combustible cuente con un permiso vigente conforme a la Ley de Hidrocarburos. - Régimen fiscal de los coordinados.
Se mantiene la posibilidad de que los contribuyentes del sector tributen bajo el régimen de coordinados , lo que les permite cumplir con sus obligaciones fiscales de manera consolidada y optimizar la gestión de sus impuestos.
Impacto y consideraciones para el sector
Galicia Hernandez Contadores, Asesores Fiscales especializados en autotransporte, compartieron a Alianza Flotillera que si bien la resolución para 2025 no introduce modificaciones estructurales, su continuidad representa un factor de certidumbre fiscal para el sector del autotransporte de carga.
Estas disposiciones mantienen incentivos claves que facilitan el cumplimiento de las obligaciones fiscales en un sector estratégico”, refiere.
También recomiendan a los transportistas verificar la correcta aplicación de la Resolución, de la mano de sus Asesores, asegurando el cumplimiento de los requisitos específicos de cada facilidad para evitar contingencias fiscales. Asimismo, es conveniente evaluar estrategias de planificación fiscal para maximizar los beneficios disponibles dentro del marco normativo vigente.
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