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¡Carga pesada para transportistas!

Transportistas tienen que enfrentar la carga fiscal

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La sobrerregulación, la inseguridad en carreteras y el constante aumento del precio del diésel no son los únicos obstáculos que los empresarios transportistas tendrán que sortear este año, la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2020 trae nuevos retos que podrían atentar contra la estabilidad económica y operativa de las compañías, advierten especialistas consultados por Alianza Flotillera.

Los analistas coincidieron en indicar que, si bien la miscelánea fiscal no contiene nuevos impuestos, tiene un ánimo recaudatorio y restringe algunos beneficios para los transportistas, por lo que éstos deberán poner mayor orden en sus finanzas y en la operación del negocio.

Para Félix Arriata Cruz, socio fundador del despacho Coel Abogados, las reglas de la miscelánea fiscal todavía no quedan claras dado que aún no se publica la Resolución de Facilidades Administrativas para el sector, por lo que los transportistas no tienen definido cómo van a poder acreditar, por ejemplo, los estímulos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios(IEPS) por la compra de diésel.

“De quedarse la acreditación del IEPS como se estableció en 2019, en la que se estipuló que los transportistas tendrían el estímulo por la importación o adquisición de este hidrocarburo hasta que presentarán su declaración anual, que podrían acreditarlo contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR), y no al retenido como se hacía anteriormente, generaría falta de liquidez en su flujo de efectivo”, sentenció.

Ricardo Arellano, socio de Impuestos de la Región Bajío de KPMG en México, coincidió en señalar que hasta que no sea publicada la Resolución de Facilidades Administrativas, los transportistas no podrán acreditar el IEPS, situación que no les otorga certeza jurídica y supone un fuerte golpe en sus finanzas, dado que muchas empresas dependen de este estímulo para hacer inversiones, comprar equipo nuevo, entre otros.

Agregó que otro tema pendiente con la publicación de estas resoluciones es ver cómo quedan los estímulos en los gastos que realicen los transportistas en peaje, pues en el artículo 16 inciso A Fracción V de la LIF se limita el beneficio al acreditamiento por el uso de carreteras de cuota.

El especialista explicó que la LIF contempla dar un estímulo de 50% del pago de cuotas de peaje en la red nacional de autopistas, aplicable al transporte de carga, turístico y de pasajeros, a empresas con ingresos brutos totales anuales menores a 300 millones de pesos (mdp) para efectos del ISR, la cual no será aplicable a las personas morales que se consideran partes relacionadas de acuerdo con el Artículo 179 dela Ley de ISR.

Mayor vigilancia

A decir de los expertos, éstos no son los únicos retos que enfrentarán en materia fiscal los transportistas, pues la legislación tributaria contempla otros aspectos que, si bien no están directamente relacionados con el sector, sí pueden generar inconvenientes, en caso de no atenderse.

De acuerdo con César Jacintos, gerente de Contabilidad de TIP México, en 2020 la LIF condiciona la deducción de intereses para las empresas que soliciten créditos, de tal suerte que aquellas que no puedan acreditarlos se verán obligadas a pagarlos.

“Los prestadores de servicio de transporte de carga federal que hayan adquirido una deuda para comprar unidades u otros activos para crecer, deben vigilar que los intereses por ese crédito no se generaron como gasto no deducible, esto para que no se vea afectado su flujo de efectivo”, detalló.

Arriata Cruz, consideró que los prestadores de servicio de transporte de carga con la nueva LIF son susceptibles de incurrir en incumplimiento en materia de outsourcing, debido a la cantidad de proveedores que contratan para temas de capacitación, administración, consultoría y tecnología, entre otros.

“En 2020 el gobierno de México va a poner mayor vigilancia en este ámbito ya que se detectaron empresas con posibles esquemas de subcontratación ilegal. En ese sentido, los transportistas para estar protegidos deben solicitar a sus proveedores el régimen de alta de sus trabajadores ante el Instituto Mexicano delSeguro Social (IMSS) por aquello de la disposición depersonal”, explicó.

Asimismo, recomendó a las firmas analizar los contratos que tienen con sus proveedores y retenerles el 6% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se estipula dentro de la miscelánea fiscal, a fin de evitar que se inicie una investigación que termine en un tema legal y sanciones económicas.

Orden y administración

Para el socio de Impuestos de la Región Bajío de KPMG en México, la LIF provocará que las empresas tengan mayor orden y control de sus ingresos, y que cumplan a cabalidad con el tema fiscal.

“El gobierno está buscando de dónde recaudar más impuestos, así que los transportistas tendrán que ser más juiciosos sobre qué tipo de proveedores contratan, con quienes facturan, sus áreas fiscales tendrán que vigilar que todo está en orden”, puntualizó.

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