Semarnat actualiza NOM-044

NOM044 Alianza Flotillera

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El Diario Oficial de la Federación (DOF), publicó la actualización de la NOM-044-SEMARNAT-2017, que  establece los límites máximos permisibles de emisiones de motores a diésel con un peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos.

La disposición establece los límites máximos permisibles de los contaminantes atmosféricos monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, hidrocarburos no metano, hidrocarburos no metano más óxidos de nitrógeno, partículas y opacidad de humo que se utilicen para la propulsión de las unidades.

Con esta actualización, la NOM-044-2017 busca que los motores nuevos a diésel y los vehículos pesados nuevos que se incorporen a la circulación en el territorio nacional cuenten con tecnologías más eficientes y menos contaminantes de las que se comercializan en la actualidad.

La SEMARNAT recuerda que para garantizar una reducción efectiva de contaminantes y el uso de sistemas de diagnóstico a bordo se actualizan los métodos de prueba, con el fin de que estos representen de mejor manera las condiciones reales de manejo a las que se someten los motores y los vehículos nuevos.

De acuerdo con el DOF,  la NOM -044.2017 es aplicable en todo el territorio nacional y es de observancia obligatoria para los fabricantes e importadores de los motores nuevos que usan diésel como combustible y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores nuevos con el peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos, así como para los vehículos automotores nuevos con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos equipados con este tipo de motores.

 

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