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Jalisco publica Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte

Pone a las personas en el centro de la movilidad

Jalisco publica Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte
Foto: Universidad de Guadalajara.

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El Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco, fue publicado. Da seguimiento al artículo cuarto transitorio de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte estatal.

Contiene las atribuciones que le competen a  la Secretaría de Transporte, la Secretaría de Seguridad y a los municipios en materia de movilidad. Son diez las áreas contenidas en el reglamento.

1.- La regulación del Sistema Estatal de Información Territorial y Urbano.

2.- Creación de una base de datos sobre la movilidad y seguridad vial como mecanismo de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno.

Del transporte

3.- Define las responsabilidades, derechos y obligaciones de las personas de acuerdo a los niveles de la jerarquía de la movilidad.

4.- Acciones y estrategias para impulsar, mejorar y lograr la eficiencia del transporte escolar regulado, así como habilitar rutas seguras para la movilidad activa.

5.- Garantiza la seguridad vial alrededor de centros escolares con planes de señalización horizontal y vertical. Además, la validación de la patrulla escolar y el fomento de un cultura de la movilidad segura y sostenible, enfocada en el respeto de todas las personas usuarias del sistema de movilidad.

6.- Informa los requisitos que deben cumplir los prestadores del servicio de grúas para obtener la autorización. Por otra parte, se dan a conocer las obligaciones a que están sujetos y lo referente a la memoria descriptiva. Esta que contendrá todos los datos del vehículo, el inventario y el desglose por conceptos del cobro de servicios. Proporcionará en copia al propietario o legítimo poseedor del vehículo.

De licencias y prevención

7.- Establece los tipos de licencias para conducir, los requisitos y condiciones a que están sujetos, los procedimientos para su expedición, suspensión y cancelación.

8.- Puntualiza los elementos, requisitos, condiciones y obligaciones para la circulación de  vehículos. Esto incluye las conductas a que deben sujetarse los operadores. Así mismo, se describen los procedimientos para el retiro de circulación que, como medidas de seguridad, establece la ley.

9.-Enfatiza las medidas de prevención de los factores de riesgo de la circulación vehicular, con enfoque en los mecanismos de control de ingesta de alcohol.

10.- Acciones a seguir en los siniestros viales. Considera primordial la atención inmediata de las personas, así como a importancia de agilizar la liberación de la vía pública y aplicar los métodos alternativos de solución de conflictos derivado de los mismos.

Con la publicación del reglamento, se abre un plazo de 180 días hábiles. Durante ese tiempo, las instancias públicas competentes deben habilitar las normas técnicas en cada una de las áreas que lo conforman.

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