El complemento Carta Porte continua siendo un tema recurrente en el sector del autotransporte, este nuevo documento solicitado por el SAT es obligatorio para todo aquel que realice traslado de mercancías, ante esta nueva solicitud la CONCAMIN logro, después de presentar al SAT siete mesas de trabajo ,una prorroga para que dicho trámite entrare en vigor a partir de enero 2022.
Los propietarios de mercancías nacionales, intermediarios y transportistas que trasladen bienes y mercancías en territorio nacional están obligados a cumplir con el CFDI con el complemento carta porte.
Hay dos tipos de CFDI, de traslado según el tipo de contribuyente:
- Traslado: para propietarios de mercancías e intermediarios.
- Ingresos: Transportistas que cobren por servicio de transporte o contribuyentes.
El primer reto es instalar en conjunto con el SAT una mesa de diálogo donde se presente una propuesta operativa para el ingreso del trámite que permita solucionar los riesgos que se lleguen a suscitar en la emisión del CFDI de la prestación del servicio.
Otro tema es el transporte consolidado en primera y última milla se establece una facilidad para que no emitan este documento ya que esto lo limitaría a zonas urbanas. Respecto a los criterios de corresponsabilidad, el complemento se compone de 185 campos que deben ser llenados por los dueños de la carga en conjunto con los transportista.
Felipe de Javier Peña Dueñas, presidente de la Comisión de Transporte también comentó que si el complemento tiene algún error no será motivo de sanción, esto únicamente en diciembre que es el periodo que abarca la prorroga, cabe recalcar que es importante la correcta realización del mismo para evitar riesgos de deducciones y acreditaciones ante el SAT.